Institución a la que pertenece
Ministerio de Economía y EnergíaGobierno de Mendoza
Objeto de la convocatoria
Otorgar Aportes No Reembolsables (ANRs) a personas humanas, jurídicas de carácter privado y con fines de lucro o fideicomisos, que ejecuten proyectos de inversión productiva, encuadrados dentro de alguno de los siguientes sectores de actividad:
INDUSTRIA
GANADERÍA
AGRÍCOLA
Al momento de la presentación del proyecto, NO podrán registrar domicilio, sede o constitución en la Provincia de Mendoza.
Postulantes admitidos
Podrán presentarse a la Convocatoria:
a) Personas humanas:
NO residentes en la Provincia de Mendoza mayores de dieciocho (18) años de edad y que acrediten la inversión en la Provincia de Mendoza. SE TENDRÁ EN CUENTA LA FECHA DE EXPEDICIÓN DEL ULTIMO DOMICILIO, QUEDANDO EXCLUIDOS AQUELLOS QUE HUBIERAN MUDADO SU DOMICILIO POR UN PLAZO MENOR A UN AÑO.
b) Personas jurídicas:
NO radicadas en la Provincia de Mendoza: a) de carácter privado y con fines de lucro, encuadradas dentro en la Ley General de Sociedades N° 19950 o en la Ley Nacional Nº 27.349, debidamente autorizadas para funcionar e inscriptas en el Registro Público pertinente o en formación. Asimismo las personas jurídicas constituidas en el extranjero deberán acreditar extremos y los requisitos establecidos por los Artículos 118 y siguientes de Ley General de Sociedades.
c) Fideicomisos: siempre que su objeto se relacione a la naturaleza del proyecto.
Postulantes excluidos
No podrán ser postulantes en el Concurso Público y en consecuencia, acceder a los beneficios de la Ley N°9.364:
a) Los sujetos previstos en el art. 6 de la Ley N°9.364 esto es:
● Entidades gubernamentales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal)
● Sociedades extranjeras y de otras jurisdicciones que tengan sucursal radicada en la Provincia. Se exceptúan de la presente exclusión aquellas inversiones que signifiquen la apertura de nuevas unidades de negocio y/o desarrollo de proyectos que impliquen la decisión de sus casas matrices de aumentar las inversiones en el territorio de la provincia;
● Contratistas del Estado, siempre que la propuesta esté relacionada a la relación contractual con el Estado provincial en cuanto al objeto del contrato;
● Personas humanas o jurídicas que hubieran incurrido en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial;
● Personas humanas que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias.
b) Las Personas Jurídicas cuyos miembros titulares de su respectivo órgano de administración figuren en el Registro de la Ley N°6879 y modificatorias.
c) Quienes se encuentren incluidos en el registro de infractores creados por la Ley 9133.
d) Personas Jurídicas, Humanas o Fideicomisos que se encuentran radicadas, con sede o sucursal o domicilio fiscal o real en la Provincia de Mendoza al momento de la presentación del proyecto en el sistema ticket.
Financiamiento ANR
El financiamiento ANR para las Propuestas de inversión será de hasta el cuarenta por ciento (40%) de los componentes financiables netos de I.V.A. de las inversiones a realizar, cuyo monto máximo se establece en pesos treinta y cinco millones ($ 50.000.000), y el monto mínimo en pesos cinco millones ($ 5.000.000).
● El ANR se liquidará a los adjudicatarios conforme a lo previsto en el apartado “Modalidad de financiamiento”.
● Si el monto de la inversión total supera el límite, las inversiones se financiarán hasta el 40% del referido límite, y los excedentes serán afrontados en el 100% por el postulante.
● El monto adjudicado no está sujeto a reajustes. Asimismo, no se podrá variar la ejecución de lasinversiones proyectadas y adjudicadas, bajo pena de tener por perdido el beneficio y sus desembolsos.
Modalidad del financiamiento ANR (40 % de la inversión)
Los ANR se liquidarán en pesos como reintegro de gastos, en las siguientes formas:
● el 10% en dinero en efectivo a través de transferencia bancaria,
● el 20% en Crédito Fiscal
● el 10% en crédito de la tarjeta de consumo (billetera virtual). Cada solicitud de reembolso será auditada por un profesional, que determinará la correspondencia o no de la misma, disponiendo su aprobación o rechazo de manera fundada.
Destino del financiamiento
Se consideran componentes financiables las inversiones en que incurra el Postulante durante la ejecución de la Propuesta de Inversión que tengan directa relación con el Proyecto.
A) Bienes de Capital: se entiende por tales a aquellos bienes duraderos como maquinaria y equipamiento nuevo, sin uso, a ser afectados al proceso de producción y generación de valor de la actividad económica del proyecto
B) Obras: inversiones derivadas de adaptaciones y mejoras de la infraestructura productiva del Solicitante, necesarias para el logro de los objetivos del Proyecto. En los Proyectos que contemplen su desarrollo en propiedad de terceros, el Comité se reservará el derecho de admisión de los mismos.
C) Servicios técnicos: servicios de asistencia técnica especializada de instalación o puesta en funcionamiento de bienes de capital y equipamiento necesario para el desarrollo del Proyecto. D) Tecnología:
1) Hardware;
2) Software y Desarrollos: El solicitante que presente en su el desarrollo e implementación de un sistema y/o software, deberá cumplir como requisito que el desarrollo deberá ser en su totalidad realizado por personas humanas o jurídicas radicadas en la Provincia de Mendoza, con el objetivo de promover la transformación digital de las empresas y la Industria 4.0 Mendoza.
3) Licencias, sistemas y/o enlatados: El solicitante que presente en su proyecto la implementación, adaptación y/o puesta a punto de una licencia o sistema enlatado, deberá discriminar en su proyecto el monto correspondiente a la licencia y el monto correspondiente a la consultoría de implementación especificando la cantidad de horas de aplicación.
El programa cubrirá únicamente como componente financiable la consultoría de implementación, adaptación y/o puesta a punto del sistema que deberá ser provista por personas humanas o jurídicas radicadas en la Provincia de Mendoza.
Plazo de ejecución de las inversiones
Las erogaciones destinadas a la ejecución de los proyectos deberán completarse, por el monto de la inversión financiable, en un plazo máximo de HASTA DIECIOCHO (18) MESES, contados desde la notificación de la adjudicación. Las inversiones podrán ser ejecutadas desde la fecha de presentación del proyecto.
Presentación de los proyectos
Los postulantes deberán iniciar su solicitud a través de la App 148 Mendoza, para ello deberán descargar la misma, ingresar a “links de interés” y luego clickear Mendoza Activa Atracción de Inversiones o mediante el sitio web: https://www.mendoza.gov.ar/mendozaactiva completando los datos con “TODA” la documentación requerida, dentro del término de la convocatoria (hasta las 23.59 horas del día de cierre). Será imprescindible la inclusión de un listado detallado de la inversión a realizar, la que deberá incluir la descripción técnica.
Requisito Imprescindible
Los Postulantes al Concurso Público deberán presentar y completar toda la documentación que se detalla en el artículo 15 del CCTCYS. Sin perjuicio de ello, la Comisión y/o la Autoridad de Aplicación y/o los agentes intervinientes con competencias al efecto, podrán requerir documentación o información adicional o faltante, así como aclaraciones respecto de la adjuntada, en cuyo caso deberán cumplimentar lo solicitado en el plazo que determine la autoridad competente. De no determinar plazo, el mismo será de diez días hábiles administrativos. En todos los casos se deberá acompañar el detalle de las inversiones a realizar. Para ello se deberá tener en cuenta el PLANILLA DETALLE DE INVERSIÓN del pliego.
Documentación a presentar
1) DOCUMENTACIÓN GENERAL AL MOMENTO DE LA PRESENTACION Tanto las personas humanas, jurídicas o fideicomisos, deberán acompañar la documentación general que se detalla a continuación:
a) Declaración Jurada de conocimiento de bases y condiciones firmada y completa.
b) En el caso de que el Postulante actúe a través de un Apoderado, copia del Poder que confiera representación a la persona que designe el Postulante para la presentación del Proyecto, con facultades para asumir las obligaciones emergentes del presente PCAI.
c) Planilla de Excel Modelo – Items De Inversión YPlan De Trabajo d) Planilla Excel Modelo –Análisis Económico-Financiero.
e) Presupuestos De Los Items De Inversión – Formato Pdf. 2) DOCUMENTACIÓN GENERAL CON POSTERIORIDAD A LA PREADJUDICACION
1. Constancia de CBU del postulante de la cuenta bancaria a la que se acreditarán los fondos del Programa.
a) En relación al inmueble:
● Los solicitantes deberán acreditar relación con el inmueble o acreditar opción de compra o cualquier otro título que acredite derechos de posesión o tenencia. (los contratos y otros deberán estar sellado en caso de corresponder).
● En el caso de que el postulante sea titular del inmueble deberá acreditar presentando copia de la escritura y/o denunciando matrícula o tomo de registro. si es un bien ganancial o en condominio presentar nota de conformidad certificada del cónyuge titular o copropietario y copia del documento nacional de identidad o bien expresar mediante nota la voluntad de concurrir todas las partes a la firma del contrato correspondiente.
● Cuando el postulante sea locatario, arrendatario o comodatario: copia del respectivo contrato el que deberá encontrarse debidamente sellado acompañado de la certificación de firmas. Además, deberá presentar nota de conformidad del locador acompañando copia del documento nacional de identidad.
● Cuando el Postulante sea usufructuario: copia de la escritura de constitución del usufructo con una duración mínima de dos (2) años. Así mismo, deberá presentar nota de conformidad del titular de la propiedad donde se llevará a cabo la inversión y firmada.
b) Designar un profesional responsable del proyecto.
c) Fotos actuales del lugar donde se realizarán las inversiones
d) Cronograma o Plan de trabajo a ejecutar y metas alcanzables.
e) Constancia de CUIT.
f) Constancia de inscripción ante la A.F.I.P. como contribuyente de impuestos.
g) Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral en caso de corresponder.
3) DOCUMENTACIÓN PARTICULARPERSONAS HUMANAS
a) Copia del documento de identidad del Postulante.
4) DOCUMENTACIÓN PARTICULAR PERSONAS JURÍDICAS
a) Copia del contrato social y sus modificaciones, o de la documentación relativa a la constitución del Postulante Registro Público de Comercio u organismo equivalente en la jurisdicción que corresponda al Postulante.
b) Copia de las Actas emanadas de los órganos de gobierno y de administración o documentación equivalente, de las que surja la designación y distribución de cargos de los administradores del Postulante y constancia de inscripción de los mismos en el Registro Público respectivo.
c) Copia del Acta de Directorio u órgano de administración donde conste la decisión de participar en el llamado a Concurso y de aceptar íntegramente las obligaciones previstas en el presente Pliego.
d) Si el Postulante compareciera a través de un apoderado, copia del cual surja tal representación, debidamente inscripto en el Registro Público de Mandatos de la Provincia de Mendoza. En el supuesto que el poder no se encuentre inscripto, se podrá acompañar constancia de inicio de dicho trámite. Y dentro de los plazos que a tales fines se les confieran. e) Constancia de inscripción ante la A.F.I.P. como contribuyente de impuestos. En el caso de que el Postulante revista la calidad de sociedad, adjuntar, además, constancia de C.U.I.T. o C.U.I.L. de cada uno de sus socios.
f) Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral en caso de corresponder.
g) Se podrá solicitar en cualquiera de los casos copia certificada de la documentación.
5) DOCUMENTACIÓN PARTICULAR FIDEICOMISOS.
a) Copia del contrato de fideicomiso y sus modificaciones. El objeto del respectivo contrato deberá contemplar la actividad vinculada a las inversiones realizadas o a realizar.
b) Copia del documento de identidad del/los fiduciario/s.
6) ESPECIFICACIONES PARTICULARES Las sociedades extranjeras y de otras jurisdicciones deberán acreditar inscripción o inicio del trámite, de sucursal o sede en la Provincia de Mendoza y toda ladocumentación solicitada en el punto 15.2 tanto personas humanas, personas jurídicas o fideicomisos LUEGO DEL ACTO DE PREADJUDICACION, bajo pena de tenerlo desistido del programa. Se deberá acompañar constancia de inicio de dicho trámite, debiendo acreditar la inscripción con anterioridad a la Resolución de Adjudicación, y dentro de los plazos que a tales fines se les confieran. Mendoza Activa
Causales de exclusión
Serán excluidos del Concurso Público los Postulantes que:
a) No presenten, ante el requerimiento documentación o información adicional o faltante, requerida en los PCAI, así como aclaraciones respecto de la adjuntada, en el plazo de diez (10) días hábiles administrativos computados desde el día siguiente al de su notificación.
b) No regularicen, las deudas exigibles por impuestos, tasas, contribuciones o multas aplicadas por ATM. La citada regularización deberá ser acreditada mediante la presentación de la Constancia de Cumplimento Fiscal (F-CCF) o la Constancia de Cumplimento Fiscal con Deuda Regularizada (F-CCFDR) vigente emitida por dicha repartición al momento del reintegro.
c) No subsanen, en el plazo previsto en el punto a):
● La existencia de inhibiciones correspondientes a ATM; Subsecretaria de Trabajo de la Provincia de Mendoza y Departamento General de Irrigación y también la existencia de quiebras.
● Su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias, o la de el/los miembro/s titular/es del órgano de administración, en el caso de sociedades y fideicomisos.
Contacto Via email:
rfaria@idits.org.ar, mgilobert@idits.org.ar
Links de interés + más información
https://www.mendoza.gov.ar/mendozaactiva/atraccion-de-inversiones