Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las pymes de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, se bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la línea “Financiamiento de Inversiones de Actividad
Será beneficiadas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, comerciales, de construcción o de servicios, que desarrollen la actividad industrial.
Destinado para la Construcción o adquisición de galpones nuevos o usados para uso industrial.
Monto de crédito bonificable: Hasta la suma de $ 7.000.000
Plazo: Hasta 15 años. El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del sexto año, y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23.
Tasa de interés: Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la Bonificación
Tasa de interés: Las empresas deberán contar con una
DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la Bonificación
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