MENDOZA ACTIVA III – INDUSTRIA Y SERVICIOS AUDIOVISUALES (incluye Producciones Culturales)

Objeto de la convocatoria

Otorgar Aportes No Reembolsables (ANRs) a personas humanas, jurídicas de carácter privado, cooperativas, entidades sin fines de lucro, o fideicomisos, que desarrollen una actividad audiovisual y aquellos que deseen realizar una producción cultural. 

Los solicitantes podrán presentar hasta un (1) proyecto por vez. En el caso de la presentación de un segundo proyecto, deberá haberse concluido el primero y así sucesivamente. Idéntico criterio se adoptará para el caso de la existencia de proyectos presentados en el Programa Mendoza Activa II.

Postulantes 

Podrán presentarse a la Convocatoria:  

a)    Personas humanas: residentes de la provincia de Mendoza, mayores de dieciocho (18) años de edad. 

b)    Personas jurídicas de carácter privado y con fines de lucro, encuadradas en la Ley General de Sociedades (Nº 19550) o en la Ley Nacional Nº 27.349, debidamente autorizadas para funcionar e inscriptas en el Registro Público pertinente o en formación; con domicilio en la provincia o que acrediten inicio de trámite de sede o sucursal en la Provincia.   

c)    Cooperativas debidamente autorizadas a funcionar e inscriptas en la Dirección de Cooperativas de la Provincia de Mendoza 

d)    Entidades sin fines de lucro debidamente inscriptas en el registro correspondiente. 

e)    Fideicomisos: siempre que el proyecto se relacione conforme al objeto de la línea que se define en el presente Pliego y se encuentre inscripto como contribuyente en la provincia.     

Postulantes excluidos        

No podrán ser postulantes en el Concurso Público y en consecuencia, acceder a los beneficios de la Ley N°9.364: 

a)   Los sujetos previstos en el art.  6 de la Ley N°9.364 esto es:  

·  Entidades gubernamentales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal)

·  Concesiones o contratistas del Estado, siempre que la propuesta esté relacionada a la relación contractual con el Estado provincial en cuanto al objeto del contrato;

·  Personas humanas o jurídicas que hubieran incurrido en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial;

·  Personas humanas que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias. 

b)   Las Personas Jurídicas cuyos miembros titulares de su respectivo órgano de administración figuren en el Registro de la Ley N°6879 y modificatorias.

c)     Quienes se encuentren incluidos en el registro de infractores creados por la Ley 9133.

Financiamiento  ANR   

·    El financiamiento ANR para las Propuestas de inversión será de hasta el cuarenta por ciento (40%) de los componentes financiables netos de I.V.A. de las inversiones a realizar, cuyo monto máximo se establece en pesos quince millones ($ 15.000.000).

·    El ANR se liquidará a los adjudicatarios conforme a lo previsto en el apartado “Modalidad de financiamiento”.

·    Si el monto de la inversión total supera el límite, las inversiones se financiarán hasta el 40% del referido límite, y los excedentes serán afrontados en el 100% por el postulante.

.     Para el caso en que el proyecto sea beneficiado con el adicional correspondiente con el PLUS ACTIVA. Éste se otorgará en Crédito fiscal y en oportunidad de la finalización del proyecto y luego de aprobado dicho PLUS.   

Modalidad del financiamiento ANR (40 % de la inversión)

Los ANR se liquidarán en hasta un máximo de tres (3)  desembolsos, en las siguientes formas:

·    el 10% en dinero en efectivo a través de transferencia bancaria,

·    el 20% en Crédito Fiscal

·    el 10% en crédito de la tarjeta de consumo (billetera virtual).

Cada solicitud de reembolso será auditada por un profesional, que determinará la correspondencia o no de la misma, disponiendo su aprobación o rechazo de manera fundada.

Destino del financiamiento

Se consideran como componentes reembolsables los siguientes:

A)  COMPONENTES DE INDUSTRIA Y SERVICIOS AUDIOVISUALES:

Maquinarias y equipos referidos a: sistemas de sonidos, iluminación, audiovisuales, pantallas, proyectores, vallados, generadores, cuerpos de escenarios y otros. De características nuevas y preferentemente producida en la Provincia de Mendoza.Se priorizarán las ubicadas en los Parques Industriales de la Provincia inscriptos en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI) como las ubicadas en Zonas Industriales de los Departamentos. Para proyectos y servicios de la industria audiovisual se consideran de guía los previstos en el Plan de Fomento vigente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) por Resolución 934/2014 de Reconocimiento de Costos, a excepción de los expresamente excluidos.Los componentes (rubros) reembolsables son:

·       Guion/Contenido

·       Archivo

·       Dirección

·       Producción

·       Equipo Técnico

·       Elenco Artístico

·       Vestuario

·       Maquillaje

·       Utilería

·       Escenografía

·       Movilidad

·       Viajes Y Alojamiento

·       Comidas

·       Música

·       Material Virgen

·       Postproducción

·       Postproducción Sonido

·       Equipos De Cámara / Luces Y Sonido (Compra Y/O Alquiler)

·       Efectos Especiales

·       Seguros

·       Seguridad

·       Prensa

Se establecen como montos de referencia los previstos por las sindicatos y organizaciones del sector nacional y regional, según paritarias y costos estandares previstos por prestadores de servicios (como luces, sonido, cámara, postproducción) que deberán ser claramente justificados. 

B)  COMPONENTES DE PRODUCCIONES CULTURALES

Se consideran como componentes reembolsables los siguientes

TÉCNICA – ALQUILER

1. Sonido: microfonería, monitoreo, consolas de sonido, cableados, sistema de auriculares, sistema de sonido para escenario, sistema de sonido PA

2. Iluminación: materiales lumínicos fijos y móvilesMontos de referencia de estos rubros hasta $15.000 para eventos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $120.000 para eventos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $500.000 para eventos grandes.-

3. Audiovisuales: proyección, pantallas digitales, CCTV

4. Escenario: tarimas, estructuras, carpas, vallados

5. Soporte: Generadores de energía, redMontos de referencia de estos rubros hasta $150.000 para eventos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $500.000 para eventos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $1.000.000 para eventos grandes.- 

BACKLINE - ALQUILER

1. Equipamiento: Alquiler de instrumentos musicales, insumos para escenarios como atriles, pódium, sillas, biombos, paneles de acrílicos, corralitos, accesorios para instrumentos como soportes, sordinas, utencillos, cableados. Equipos de sonidos para instrumentos, amplificadores y sistemas de monitoreos.

2. Soporte: Alquiler de escenografías, telones, ambientaciones, utilería mayor y menor, alquiler de vestuarios, maquillaje.

3. Tecnologías: máquinas de humo, efectos especiales y pirotecnia fría, tecnología dedicada como placas de sonido, computadoras, y hardward.Montos de referencia de estos rubros hasta $30.000 para eventos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta 80.000 para eventos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $250.000 para eventos grandes 

LOCACIÓN

1. Locación: Alquiler o contratación de espacios culturales, teatros, salones de eventos, estadios, espacios abiertos, salas de ensayo, bodegas, galerías de arte, hoteles. Únicamente se permite la realización de producciones culturales en lugares o sitios habilitados al efecto.

2. Soportes: Alquiler de sillas, sistema de calefacción, carpas y similares, mobiliario, decoración y ambientación.

3. Adicionales: servicios de emergencias, servicio de limpieza, seguros de responsabilidad, servicio de seguridad.Montos de referencia de estos rubros hasta $65.000 para eventos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $250.000 para eventos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $650.000 para eventos grandes.- 

PROMOCIÓN

1. Contratación de agentes de prensa, comunity manager, locutores, editores, diseñadores, fotógrafos.

2. Preproducción: contratación de sala de grabación o estudio de fotografía.

3. Merchandising: materiales y accesorios para promoción, indumentaria.Montos de referencia de estos rubros hasta $50.000 para eventos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $80.000 para eventos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $110.000 para eventos grandes 

PREPRODUCCIÓN

1. Registro de Audio: Servicio completo de grabación de álbum, alquiler de sala de grabación, servicio de edición, mezcla y masterizado. Replicado de Cds.Montos de referencia de estos rubros entre $30.000 y $1.000.000

2. Registro de Video: Servicio de registro en video, edición, corte final. Montos de referencia de estos rubros entre $50.000 y $500.000

3. Registro de Fotografía: Servicio de registro fotográfico, alquiler de estudio, edición y master.Montos de referencia de estos rubros entre $10.000 y $80.000

4. Impresiones: cartelería, gigantografías, banners, banderas. Catálogos, libros y folletos.Montos de referencia de estos rubros entre $30.000 y $300.000.- 

TALENTO ARTISTICO

1. Contratación: de artistas por cachetMontos de referencia de estos rubros hasta $10.000 para grupos chicos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $80.000 para grupos medianos.- Montos de referencia de estos rubros hasta $200.000 para grupos grandes

2. Personal de escenario, asistentes, cuidadores, acomodadores, seguridad, limpieza, emergencias, boleteros, sonidistas, iluminadores, operadores técnicos, mano de obra para construcción de escenografías, utilería:Montos de referencia de estos rubros entre $4.000 y $40.000

3. Regisseur, curadores de obras.Montos de referencia de estos rubros hasta $50.000.- 

EXTRAORDINARIOS

1. Artes: Materiales para artistas visuales (maderas, pinturas, yeso, chapa, hierro, etc), herramientas, artículos de librería.Montos de referencia de estos rubros hasta $500.000.-

2. Obras: COMPRA DE OBRAS obra de arte como inversionesMontos de referencia de obra en espacio público entre $100.000 y $ 1.000.000 Montos de referencia de obra para particulares entre $5.000 y $1.000.000

En el caso de inversión de empresas o particulares las obras pueden ser facturadas por artistas con monotributo categorizados en los ítems artísticos, galeristas y art dilers con habilitaciones correspondientes y asociaciones de artistas cuyos estatutos estén habilitados a tal fin.

Los montos de referencia serán tenidos en cuenta a fin de determinar la idoneidad y pertinencia de los montos solicitados.

El monto de ANR puede ser ajustado por el Comité ejecutivo de manera unilateral, teniendo en cuenta los montos de referencia.

Plazo de ejecución de las inversiones 

Las erogaciones destinadas a la ejecución de los proyectos deberán completarse, por el monto de la inversión financiable, en un plazo máximo de HASTA DOCE (12) MESES, contados desde la notificación de la adjudicación

Presentación de los proyectos

Los postulantes deberán iniciar su solicitud a través de la App 148 Mendoza, para ello deberán descargar la misma, ingresar a “links de interés” y luego clickear Mendoza Activa Industria Y Servicios Audiovisuales o mediante el sitio web: https://www.mendoza.gov.ar/mendozaactiva/  completando los datos con “TODA” la documentación requerida, dentro del término de la convocatoria (hasta las 23.59 horas del día de cierre). Será imprescindible la inclusión de un listado detallado de la inversión a realizar, la que deberá incluir la descripción técnica.

Requisito Imprescindible

Los Postulantes al Concurso Público deberán presentar y completar toda la documentación que se detalla en el artículo 15 del PCIA.

Sin perjuicio de ello, la Comisión y/o la Autoridad de Aplicación y/o los agentes intervinientes con competencias al efecto, podrán requerir documentación o información adicional o faltante, así como aclaraciones respecto de la adjuntada, en cuyo caso deberán cumplimentar lo solicitado en el plazo que determine la autoridad competente.

De no determinar plazo, el mismo será de diez días hábiles administrativos.

En todos los casos se deberá acompañar el detalle de las inversiones a realizar. Para ello se deberá tener en cuenta el PLANILLA DETALLE DE INVERSIÓN/ CRONOGRAMA DE RODAJE del presente pliego.

Documentación a presentar

1)     DOCUMENTACION GENERAL PARA INDUSTRIA y SERVICIOS AUDIOVISUALES:  

a)     Copia del PCIA (PCIA).

b)    DDJJ de ACEPTACIÓN TERMINOS del CONVOCATORIA INDUSTRIA Y SERVICIOS AUDIOVISUALES Y PRODUCCIONES CULTURALES firmada.

c)     En el caso de que el Postulante compareciera a través de un apoderado, copia del Poder del cual surja tal representación, debidamente inscripto en el Registro Público de Mandatos de la Provincia de Mendoza. En el supuesto que el poder no se encuentre inscripto, se podrá acompañar constancia de inicio de dicho trámite, debiendo acreditar la inscripción con anterioridad a la Resolución de Aprobación que emitirá la Comisión de Evaluación. Y dentro de los plazos que a tales fines se les confieran

d)    Constancia de CBU del postulante de la cuenta bancaria a la que se acreditarán los fondos del Programa.

e)     Inscripción en AFIP de la actividad correspondiente.

f)     Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral o Constancia de Exención.

g)    Detalle del proyecto de inversión con montos netos de iva. ( ver PLANILLA DETALLE DE INVERSION Y/O TABLA EXCEL PRESUPUESTOS AUDIOVISUAL).

h)     Copia de los respectivos presupuestos o factura proforma, que incluyan especificaciones técnicas (marca y procedencia); precio de materiales, precio de mano de obra, unitario y total (neto de IVA). Se deberán tener en cuenta los ítems y componentes autorizados.

i)      Certificado de acreditación de la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (“Certificado MiPyME”), o en su defecto, declaración jurada de cumplir los límites de facturación y cantidad de empleados establecida en la normativa vigente. ANEXO - MIPYME

j)      Para el caso de adquisición de maquinaria o de equipos, deberá acompañarse declaración jurada donde estarán ubicadas las inversiones.

k)     Constancia de inscripción en el registro de emprendedores/empresas audiovisuales (Ley 9058).

l)      En el caso de que los gastos estén destinados a rodaje audiovisual, se adjuntará el plan de rodaje, con locaciones y fechas. El plan de rodaje deberá establecer los ítems destinados a preproducción, producción y post producción.  

Con respecto al punto 12 deberán asimismo, presentar constancia de fecha y hora de realización de la producción audiovisual a realizar. El postulante deberá avisar con 5 días hábiles de anticipación al evento o producción audiovisual a fin de efectuar la auditoria correspondiente al mail: consultasmendozaactiva2@mendoza.gov.ar o al mail de los coordinadores: invest@mendoza.gov.ar.  

2)     DOCUMENTACION GENERAL PARA PRODUCCIONES CULTURALES:  

Tanto las personas humanas, jurídicas o fideicomisos, deberán acompañar la documentación general que se detalla a continuación:  

a)     Copia del PCIA (PCIA).

b)    DDJJ de ACEPTACIÓN TERMINOS del CONVOCATORIA INDUSTRIA Y SERVICIOS AUDIOVISUALES Y PRODUCCIONES CULTURALES firmada.

c)     En el caso de que el Postulante compareciera a través de un apoderado, copia del Poder del cual surja tal representación, debidamente inscripto en el Registro Público de Mandatos de la Provincia de Mendoza. En el supuesto que el poder no se encuentre inscripto, se podrá acompañar constancia de inicio de dicho trámite, debiendo acreditar la inscripción con anterioridad a la Resolución de Aprobación que emitirá la Comisión de Evaluación. Y dentro de los plazos que a tales fines se les confieran

d)    Constancia de CBU del postulante de la cuenta bancaria a la que se acreditarán los fondos del Programa.

e)     Inscripción en AFIP de la actividad correspondiente.

f)     Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral o Constancia de Exención

g)    Detalle del proyecto de inversión. Mes y año de inversiones. Cronograma de avance de las inversiones. PLANILLA DETALLE DE INVERSIÓN.

h)     Copia de los respectivos presupuestos o factura proforma, que incluyan especificaciones técnicas (marca y procedencia); precio de materiales, precio de mano de obra, unitario y total (neto de IVA).

i)      Certificado de acreditación de la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (“Certificado MiPyME”), o en su defecto, declaración jurada de cumplir los límites de facturación y cantidad de empleados establecida en la normativa vigente. ANEXO - MIPYME

j)      En relación al inmueble de realización de la producción cultural: Los solicitantes deberán presentar la habilitación municipal del lugar donde se realizará la presentación o evento.  

Los analistas legales y técnicos podrán requerir mayor información/requisitos al postulante de acuerdo a la naturaleza de la producción cultural.

Con respecto al punto 10 deberán asimismo, presentar constancia de fecha y hora de realización de la producción cultural a contratar. El postulante deberá avisar con 5 días de anticipación al evento o producción cultural a fin de efectuar la auditoria correspondiente al mail: consultasmendozaactiva2@mendoza.gov.ar o al mail de los coordinadores: invest@mendoza.gov.ar

3)     DOCUMENTACIÓN PARTICULAR PERSONAS HUMANAS  

a)  Copia del documento de identidad del Postulante de ambos lados.

b)  Constancia de CUIT. 

4)     DOCUMENTACIÓN PARTICULAR PERSONAS JURÍDICAS   

a)     Copia del contrato social y sus modificaciones, o de la documentación relativa a la constitución del Postulante, debidamente aprobada e inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equivalente en la jurisdicción que corresponda al Postulante. El objeto social o del respectivo contrato deberá contemplar la actividad vinculada a las inversiones realizadas o a realizar.Las sociedades extranjeras o de otras jurisdicciones deberán acreditar inscripción o inicio de trámite de la sucursal o sede en la Provincia de Mendoza.

b)    Acta de Asamblea o reunión de socios, o documento idóneo, que se encuentre vigente, del que surja la distribución de cargos del Órgano de Administración de la Sociedad. Constancia de inscripción de los mismos en el registro público respectivo.

c)     Copia del Acta de Directorio u órgano de administración donde conste la decisión de participar en el llamado a Concurso y de aceptar íntegramente las obligaciones previstas en el presente Pliego.

d)    Copia del documento de identidad del/los miembro/s titular/es del órgano de administración, en el caso de sociedades. 

5)     DOCUMENTACIÓN PARTICULAR FIDEICOMISOS.  

a)     Copia del contrato de fideicomiso y sus modificaciones. El objeto del respectivo contrato deberá contemplar la actividad vinculada a las inversiones propuestas.

b)    Copia del documento de identidad del FIDUCIARIO. 

Causales de exclusión

Serán excluidos del Concurso Público los Postulantes que: 

a) No presenten, ante el requerimiento documentación o información adicional o faltante, requerida en los PCIA, así como aclaraciones respecto de la adjuntada, en el plazo de diez (10) días hábiles administrativos computados desde el día siguiente al de su notificación, o el plazo que establezcan los pliegos, reglamentos particulares, o cuando la autoridad administrativa considere que existen razones justificadas para la no continuidad del proyecto. Dichos plazos podrán ser ampliados por los coordinadores.

b) No regularicen, las deudas exigibles por impuestos, tasas, contribuciones o multas aplicadas por ATM. La citada regularización deberá ser acreditada mediante la presentación de la Constancia de Cumplimento Fiscal (F-CCF) o la Constancia de Cumplimento Fiscal con Deuda Regularizada (F-CCFDR) vigente emitida por dicha repartición al momento del reintegro. a)     c) No subsanen, en el plazo previsto en el punto a): 

·  La existencia de inhibiciones correspondientes a Organismos de la Provincia de Mendoza.

.  Su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias, o la de el/los miembro/s titular/es del órgano de administración, en el caso de sociedades y fideicomisos.

Contacto via email

rfaria@idits.org.ar  jesica.giol@gmail.com   mgilobert@idits.org.ar

Link: https://www.mendoza.gov.ar/mendozaactiva/industrias-audiovisuales-y-producciones-culturales/

 

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